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Congreso del Estado aprueba que personas con discapacidad se desplacen libremente con animales de asistencia

Redacción Publicado por Redacción
octubre 29, 2025
Congreso del Estado aprueba que personas con discapacidad se desplacen libremente con animales de asistencia
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•⁠ ⁠Por ley, no podrá negarles servicios, ni acceso a establecimientos públicos o privados

*Morelia, Michoacán, 29 de octubre de 2025.- Al aprobar reformas a los artículos 12 y 13 de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán, el Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura mandató que las personas con discapacidad tienen derecho al libre acceso y desplazamiento en la vía pública y servicios; incluyendo a las que cuenten con animales de servicio, asistencia y/o de terapia.

Las y los legisladores michoacanos determinaron en la ley que los proveedores de bienes y servicios no podrán negar su servicio o establecer preferencias y discriminación alguna a las personas con discapacidad que cuenten con animales de servicio, asistencia y/o de terapia.

De igual forma, definieron que un animal de servicio, asistencia o de terapia, es aquél que esté debidamente entrenado para auxiliar a una persona con discapacidad en el desarrollo de sus actividades diarias, brindándole autonomía, seguridad o acompañamiento emocional, según corresponda.

Con la adición del artículo 13 Quarter en la citada Ley, las y los diputados michoacanos ordenaron que el Estado deberá establecer un mecanismo oficial de registro, acreditación y emisión de constancias para las personas con discapacidad que cuenten con este tipo de animales, con la finalidad de garantizar su libre tránsito y acceso sin discriminación, así como para brindar certeza a los prestadores de bienes y servicios.

En el Dictamen puesto a consideración del Pleno Legislativo por parte de la Comisión de Derechos Humanos, sobre la iniciativa presentada por Sandra Arreola Ruíz, otorga un plazo no mayor a noventa días naturales contados a partir de la entrada en vigor del Decreto para que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a través de la dependencia competente, establezca el mecanismo de registro y acreditación de los animales de servicio, asistencia y/o de terapia.

Conforme al mismo, con la reforma, “se atiende una deuda histórica con las personas con discapacidad, promoviendo su autonomía, combatiendo la discriminación y construyendo una sociedad más inclusiva. Al garantizar el derecho al libre acceso y desplazamiento con animales de servicio, Michoacán se posiciona como un referente en la implementación de políticas públicas basadas en los derechos humanos, la innovación y la sostenibilidad. La aprobación de esta reforma enviará un mensaje claro sobre el compromiso del Estado con la igualdad, la justicia y la dignidad para todas las personas”.

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