Morelia, Michoacán a 26 de mayo de 2021.- Los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en Sesión Pública virtual analizaron diversos medios de impugnación que en su mayoría fueron desechados.
Es así que, a propuesta de la Magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos se discutió el Juicio Ciudadano TEEM-JDC-089/2021, que presentó ante este órgano jurisdiccional una aspirante a candidata a la Presidencia Municipal de Jacona, Michoacán contra las omisiones dentro del proceso interno de selección de candidaturas por el Partido Morena, en el cual, los juristas determinaron desechar de plano la demanda de Juicio Ciudadano promovida por la aspirante, toda vez que, la misma no acreditó su inscripción exitosa como candidata, por lo que carece de interés jurídico para cuestionar los actos del Partido Morena en el proceso electivo.
Asimismo, a propuesta de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa, se desechó la demanda que dio origen al Juicio Ciudadano TEEM-JDC-232/2021, en donde se impugnaba el Acuerdo emitido por el Consejo General del IEM, mediante el cual aprobó el dictamen respecto a las solicitudes de registro de las planillas de candidaturas a integrar Ayuntamientos en el Estado, entre los que se encuentra Zitácuaro, postulados en candidatura común por los Partidos Políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, pues los promoventes presentaron su demanda de forma extemporánea.
También a propuesta de la Magistrada Camacho Ochoa, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-038/2021, presentado por el Partido Acción Nacional, en contra de la Diputada Local María Teresa Mora Covarrubias, por uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada de su imagen, en el que se declaró inexistente la violación al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que no existió en autos elementos probatorios que permitieran determinar la utilización de recursos públicos y promoción personalizada.
Finalmente, los Magistrados resolvieron el Recurso de Apelación TEEM-RAP-050/2021, interpuesto por el Partido Fuerza por México contra el Acuerdo IEM-CG-183/2021, donde se dictamina respecto a la reserva de las solicitudes de registro, así como el principio de paridad vertical, transversal y horizontal, y acciones afirmativas de las candidaturas a integrar los Ayuntamientos, específicamente en los municipios de Huaniqueo, Taretan, Angangueo, Los Reyes, Puruándiro, Purépero, Tzintzuntzan y Jiquilpan, todos del Estado de Michoacán, en el sentido de confirmar el mismo al declarar como infundados e inoperantes los agravios presentados.