Antonio TENORIO ADAME
Febrero 23 de 2025…La presidenta Claudia Sheinbaum envió al Congreso de la Unión iniciativas de ley para la reforma de los artículos de la Constitución 40 y 19, como respuesta a la declaración del presidente Trump de nombrar a seis cárteles de la droga como “terroristas”.
Las Minorías racionales fundamentan la Democracia.
La relación binacional se encuentra en un punto crítico, que amenaza desbordarse y llegar al colapso. Una inquietud que subyace en todos los ámbitos, e incluso invocada por el Mayo Zambada para demandar su repatriación.
Las iniciativas presidenciales son una respuesta prudente a la declaración oficial de Trump, al definir como terroristas a seis cárteles del narcotráfico mexicano, las bandas del crimen organizado mexicano.
En cuanto a solicitar la repatriación de Zambada, existe incertidumbre de sus posibles consecuencias. El propio gabinete de seguridad enciende luces preventivas de abrir la caja de Pandora, para una reacción más vigorosa del presidente Trump que afecte sensiblemente los intereses nacionales; ¿límites de riesgo o sospecha de temores?.
El saber político oscila entre evitar caer en el miedo que paralice, o en la pasión nacionalista que transfigure en víctima a un impostor.
El escenario de convivencia pacífica en un mismo territorio continental, Norteamérica, se ha convertido en territorio minado, vuelve realidad la sentencia clásica:”la guerra es la diplomacia por otros medios”.
Se trata de acciones de Estado encapsuladas en una analogía asimétrica, ya que de una parte otorga facultades al Estado para la seguridad de los Mexicanos, aunque por el otro, Estados Unidos determina ejercer un acto de guerra.
No existe un término de mediación o atenuantes alternativos; ¿el fuerte doblega al débil?, como consecuencia el tiempo de paz está agotado.
Es necesario recordar experiencias del pasado como historia del presente, en la declaración de guerra del 13 de mayo de 1846, el presidente Polk acusó a tropas de Mexico de atacar a tropas de Taylor, al norte del Río Grande, derramando sangre en “suelo norteamericano”.
En la tribuna del Capitolio, Lincoln retó al Presidente que señalara dónde se había vertido sangre estadounidense, ya que el territorio en alusión era de México.
La infamia histórica del Destino Manifiesto con la que se encubrió el fanatismo del despojo territorial en 1848 vuelve a resucitar en el clamor del actual“conspiracionismo de Trump”.
Ahora, seis cárteles de la droga ponen en alto riesgo bélico a la nación, la residente en su territorio 130 millones y en el espacio transterritorial y provocan que 40 millones de migrantes corran el riesgo de ser expulsados.
Ayer, como hoy, la prisa e incomprensión son la frontera de separación
De la iniciativa presidencial de reforma al artículo 40 de la Constitución, la opinión pública se divide.
Se trata, para unos, de un llamado a la nación, para otros, de un refrendo presidencial en torno al ejercicio soberano de la nación, o como también una disposición de advertencia contra actos considerados de lesa nación.
Así, el artículo 40 incorpora que el pueblo de México “bajo ninguna circunstancia aceptará intervenciones, intromisiones” o cualquier actividad que provenga del extranjero y sea lesivo a la soberanía nacional.
Señala que no se aceptará ningún tipo de incursión por tierra, agua o el espacio aéreo, ni se consentirá la realización de investigaciones o persecuciones sin la aprobación expresa del Estado mexicano.
En tanto, la propuesta de reforma al artículo 19 constitucional plantea que a todo involucrado en la fabricación, o distribución, de armas, “se le impondrá la pena más severa posible” y será sujeto de la prisión preventiva oficiosa.
Si las Mayorías deben respetar al libre albedrío legislativo.
El proyecto de reformas presidenciales a la Constitución deja el margen la calificación de las bandas criminales, el crimen organizado, son ciudadanos mexicanos con derechos a salvo.
Cabe señalar que un “acto de guerra”, en el sentido histórico y tradicional de la expresión, se entendía, hasta 1945, como toda acción emprendida por un Estado que implicaba la ruptura efectiva del derecho internacional aplicable en tiempos de paz y la activación del derecho internacional de guerra, (David Tums).
En 1945, la Carta de las Naciones Unidas prohibió la iniciativa del recurso a la fuerza y acabó con las declaraciones de guerra, donde se estipula que, en sus relaciones internacionales, los miembros de la organización se abstendrán de amenazar o usar la fuerza contra la integridad territorial o independencia política de cualquier Estado; la última declaración de guerra fue hecha por la Unión Soviética contra Japón en 1945.
De hecho, la expresión (actos de agresión de EEUU) ha sustituido y ha dejado obsoleta la expresión legal (acto de guerra), aunque los Estados se sienten amenazados y la siguen mencionando retóricamente.
Se considera que, por su propia naturaleza, una (guerra contra el terrorismo) es una contienda en la que las distinciones fundamentales que proporciona el establecimiento de las leyes de la guerra se desdibujan ¿Quién es el enemigo?, ¿Cuándo va a terminar la guerra?,¿Dónde se encuentra el campo de batalla?, ¿Quién debe ser considerado combatiente, y quién civil?; todo ello son aspectos que alimentan la ambigüedad y la controversia.
Mientras que la decisión norteamericana las califica de terroristas, en México, se les mantiene con los derechos civiles intocados, lo que significa que gozan de la protección de sus derechos constitucionales.
Se trata de una asimetría planteada a partir de la consideración estadounidense de la aplicación de la Doctrina Bush, de corte antiterrorista, basada en la acción preventiva a partir de la cual se adjudica el derecho de la acción de ataque ante la presunción de impedir una agresión.
Durante el sexenio anterior, se manifestó una política de omisión o tolerancia a las bandas armadas; la expresión “Abrazos, no balazos”, fue de gran claridad, manifestándose como un armisticio entre la violencia oficial y la violencia delictiva, lo que no significa impunidad ni delegación de responsabilidades.
Es hora de examinar responsabilidades
La guerra de drones es una estrategia irregular, donde el ataque no distingue línea de fuego o frente de guerra, sin distinguir los contendientes enemigos.
Se trata de ataques difusos, donde la población civil se encuentra inmersa y el campo de batalla no se delimita, por lo que se vulnera el espacio nacional. Se trata de esclarecer cuál es el estado de la relación bilateral:
¿guerra o convivencia pacífica?.
Procede su promulgación Constitucional.
Con los Estados Unidos, la diplomacia no siempre ha sido tersa, porque en algunos momentos se ha vivido con la fuerza y la crueldad; mientras que en otros se ha compartido el destino de ambos países, para unir el objetivo histórico en un sentido humano que lo identifica y lo une. Pero siempre acompañados de la comprensión y solidaridad de lo mejor del humanismo estadounidense. Como lo fue en tiempos de Juárez y de Cárdenas.
Ese es el interlocutor: el entendimiento entre sus pueblos, donde el punto de inflexión histórico es el de una sola América humanista.