*CDMX, México a 2 de diciembre de 2024.,- En México se escribe una nueva historia y se establece de manera clara las acciones para que las mujeres, niñas y niños puedan tener una vida libre de violencias, y cuenten con la protección y la articulación de medidas institucionales que logren atacar las principales problemáticas que se tienen en la actualidad, subrayó la Senadora por Michoacán, Araceli Saucedo Reyes.
La Senadora de la República dio a conocer que, en reunión de comisiones unidas para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos, fue aprobado el dictamen que contiene las leyes secundarias de la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en materia de medidas de protección y derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Destacó la importancia de estas reformas que fueron impulsadas por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, en la que se establece la coordinación y colaboración entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno en favor de la protección de las mujeres, niñas y niños.
Araceli Saucedo dijo que se establece de manera clara las facultades y atribuciones a las instituciones de seguridad pública para conceder medidas de protección inmediatas a víctimas de violencia.
De manera clara se establece la coordinación entre las áreas responsables, como es seguridad, procuración y administración de justicia de los tres niveles de gobierno, atendiendo lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Con estas reformas se contribuye a garantizar el derecho a una vida libre de violencia, por lo que los tres niveles de gobierno deberán coordinarse a través del Sistema Nacional de Medidas de Protección para las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños. Este Sistema y la vinculación en todo el país conducirá a que los efectos de las medidas y órdenes de protección tengan efectividad en cualquier parte del territorio nacional.
Con estas medidas establecidas en el dictamen se podrá prevenir el feminicidio, ya que se deberán implementar acciones efectivas que eviten que la violencia escale a niveles mortales; además se garantiza el acceso a la justicia, y se tendrá que atender la violencia estructural, ya que es un problema estructural, vinculado a la desigualdad de género y a patrones socioculturales que perpetúan la discriminación y la violencia que deberán ser atacados de manera integral.
Es por ello, que de manera clara se establece que las autoridades, cada una en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de ordenar, implementar, dar seguimiento y evaluar las medidas de protección contra la violencia de género.
Las autoridades deben emitir medidas de protección con la debida diligencia de manera rápida y efectiva cuando se identifica una situación de riesgo para la mujer. No bastará con emitir medidas de protección; las autoridades tendrán que realizar un seguimiento continuo para asegurar su cumplimiento y la seguridad de las víctimas.
Además, se establece que se debe evaluar la efectividad de las medidas, para lograr que las medidas de protección sean realmente efectivas para las mujeres, cuando son vulneradas en sus derechos y sus bienes y su integridad o su vida se encuentran en riesgo.