sábado, noviembre 22, 2025
Madero 63
Advertisement
  • Inicio
  • Morelia
  • Michoacán
  • Municipios
    • Tarímbaro
  • Nacionales
  • Congreso
  • Partidos Políticos
  • Educativas
  • Salud
  • Deportes
  • Arte y Cultura
  • Economía
  • Turismo
  • Justicia
  • Columnas
No hay resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Morelia
  • Michoacán
  • Municipios
    • Tarímbaro
  • Nacionales
  • Congreso
  • Partidos Políticos
  • Educativas
  • Salud
  • Deportes
  • Arte y Cultura
  • Economía
  • Turismo
  • Justicia
  • Columnas
No hay resultados
Ver todos los resultados
Madero 63

Menores víctimas de violencia no convivirán con sus agresores o agresores de su progenitora

Redacción Publicado por Redacción
noviembre 19, 2025
Menores víctimas de violencia no convivirán con sus agresores o agresores de su progenitora
Print 🖨 PDF 📄

*Morelia, Michoacán, a 19 de noviembre del 2025.- Con la finalidad de establecer medidas concretas para evitar que las niñas, niños y adolescentes que son o han sido víctimas de violencia directa o indirecta, convivan forzosamente con sus agresores o los agresores de sus progenitoras, el Pleno de la 76 Legislatura aprobó diversas reformas al Código Familiar para el estado de Michoacán.

Con esto, se constituye una acción positiva en beneficio de las mujeres y las infancias michoacanas, que evita la revictimización de aquellas que han sufrido violencia y se les obliga a convivir con quien ejerce violencia en su contra.

De esta forma se estableció que “durante el divorcio, no se otorgará la guardia y custodia de hijas e hijos menores de edad a la persona integrante del matrimonio, cuando existan elementos que permitan concluir que existe violencia contra de alguno o algunos de los integrantes del núcleo familiar; parta acreditar cualquier conducta violenta se podrán ofrecer y admitir cualquier medio de prueba que no sea ilícito que hagan presumir la existencia de un riesgo que pueda dañar la integridad física o mental de las hijas e hijos”.

En ese mismo sentido, también se especificó que la patria potestad se perderá cuando se cometan conductas de violencia familiar o violencia vicaria, en contra de quien se ejerce la patria potestad o contra quien ejerza la guardia y custodia de los menores de forma temporal o definitiva decretada por la autoridad competente.

ComparteTweetEnviar ComparteEnviar

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Madero 63

La noticia está en tí

© 2024 madero63 - Desarrollo web I.S.C. Enrique Ramírez Hernández - 443 3 55 32 14

No hay resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Morelia
  • Michoacán
  • Municipios
    • Tarímbaro
  • Nacionales
  • Congreso
  • Partidos Políticos
  • Educativas
  • Salud
  • Deportes
  • Arte y Cultura
  • Economía
  • Turismo
  • Justicia
  • Columnas

© 2024 madero63 - Desarrollo web I.S.C. Enrique Ramírez Hernández - 443 3 55 32 14

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Create New Account!

Fill the forms bellow to register

All fields are required. Log In

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In

Add New Playlist