Morelia, Michoacán a 30 de marzo de 2021.- En Sesión Pública virtual los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) vincularon al Instituto Electoral de Michoacán para que por su conducto se gestionen las facilidades con el Servicio de Administración Tributaria a efecto de concretar las citas a los partidos políticos y a las y los ciudadanos que vayan a registrarse para una candidatura puedan generar su constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, y de esta manera se encuentren en posibilidad de cumplir con la obligación contenida en el Código Electoral.
Lo anterior de acuerdo con la sentencia de los Recursos de Apelación identificados con la clave TEEM-RAP-010/2021 y TEEM-RAP-011/2021 acumulados, interpuestos por los Partidos Acción Nacional y Verde Ecologista de México, en contra del Acuerdo del Consejo General del IEM donde se aprobaron los lineamientos y formatos para el registro de candidaturas postuladas por los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, para el proceso electoral local ordinario 2020-2021 y, en su caso, las elecciones extraordinarias que se deriven del mismo, caso analizado por la Ponencia a cargo de la Magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos.
Ello, derivado a que los lineamientos aquí citados para el registro de candidatos fueron aprobados dos días previos al inicio del periodo de registro.
Por otra parte, en el Juicio Ciudadano TEEM-JDC-042/2021 el Pleno del TEEM por unanimidad de voto resolvió desechar de plano la demanda del Juicio Ciudadano promovido por Vicente Guerrero Torres, quien se ostenta como aspirante externo a la candidatura al Gobierno del Estado de Michoacán por el Partido Político Morena, contra el Instituto Electoral de Michoacán, Partido Político Morena y Comité Ejecutivo Nacional de Morena, en el cual controvirtió el registro de la candidatura de Raúl Morón Orozco a la gubernatura de Michoacán, por el Partido Morena y/o la Coalición de MORENA-PT “Juntos Haremos Historia”.
En la intervención de la Magistrada Presidenta Yurisha Andrade Morales en su carácter de Ponente Instructora explicó que la pretensión del actor ya ha sido materia de diverso juicio ciudadano, mismo que ya tiene carácter de firme al haberse agotado la cadena impugnativa respectiva por la Sala Superior, asimismo, señaló la actualización de la causal de improcedencia relativa a que su reclamo lo hace depender de circunstancias futuras e inciertas, dado a que como lo informó el Instituto Electoral de Michoacán no ha emitido a la fecha el acto controvertido, en atención a que, de acuerdo con el calendario electoral el plazo que tiene para emitir la resolución de aprobación de las candidaturas a la gubernatura es del 25 de marzo al 3 de abril de la presente anualidad.
Finalmente, el Pleno aprobó el Acuerdo Administrativo por el que se aprueban los Lineamientos del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán para el uso de mecanismos electrónicos en la recepción de medios de impugnación, de promociones y notificaciones electrónicas, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Quinta Circunscripción con sede en Toluca, en el expediente ST-JE-05/202, cuya entrada en vigor se encuentra sujeta a la ampliación presupuestal que emita el Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo.