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Deporte Adaptado; ¿Inclusividad o discriminación estructural?

Redacción Publicado por Redacción
septiembre 21, 2026
Deporte Adaptado; ¿Inclusividad o discriminación estructural?
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* La comunidad paralímpica de Michoacán alza la voz tras el austero abanderamiento rumbo a la Paralimpiada Nacional 2026 y la falta de becas por parte de la CECUFID

* Sin apoyos ni becas; CECUFID invisibiliza y margina a la delegación paralímpica de Michoacán

Por: Lupita Rojas

*Morelia Michoacán a 21 de septiembre de 2026.- Entre la indignación de padres de familia y la fría retórica oficial, hace unos días se llevó a cabo un austero e improvisado programa de abanderamiento para la delegación que representará a Michoacán en la próxima Paralimpiada Nacional 2026. El acto se dio únicamente después de que el director de la Comisión Estatal de Cultura Física y Deporte (CECUFID), Raúl Morón, se viera obligado a comprometerse con los padres que protestaron públicamente ante la total falta de respaldo institucional.

Sin embargo, días después, el titular de la dependencia ofreció declaraciones que encendieron aún más los ánimos de la comunidad deportiva. Morón aseveró que no se trata de una falta de apoyo ni de gestión, argumentando simplemente que el programa de becas para deportistas paralímpicos “se dejó de considerar” al no figurar dentro de un supuesto calendario oficial para competencias avaladas por la CONADE.

Más allá de las inconsistencias y de una narrativa oficial que presume un apoyo irrestricto a quienes “cumplen con sus criterios”, la postura de la CECUFID revela omisiones institucionales graves que contraviene de manera directa los principios constitucionales y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED).

El abandono sistemático en los apoyos y becas destinadas a disciplinas como la paranatación no representa un mero ajuste técnico; constituye una forma de discriminación indirecta y estructural al desatender de manera prolongada a un sector en situación de vulnerabilidad.

De acuerdo con la LFPED (Art. 1, Fracc. III), se considera discriminación cualquier distinción, exclusión o restricción que anule o deteriore la igualdad real de oportunidades. Bajo este marco normativo:
Las becas y asignaciones presupuestales para atletas con discapacidad no son “favores” sujetos a disponibilidad voluntaria, sino medidas de nivelación obligatorias (Arts. 9, 15 Bis y 15 Ter) diseñadas para garantizar el acceso al deporte de alto rendimiento en condiciones de equidad frente al deporte convencional.
Dejar de emitir convocatorias durante más de dos años bajo la justificación de “insuficiencia presupuestal” vulnera el derecho al desarrollo integral, la inclusión y la participación en la vida deportiva estatal y nacional.
Las reiteradas denuncias de padres y entrenadores sobre la carencia de viáticos, uniformes e insumos básicos contrastan con la entrega discrecional de recursos, evidenciando la falta de criterios objetivos y transparentes en la distribución del gasto público

La justificación emitida por las autoridades estatales —al señalar que “no existe un adeudo formal” porque la convocatoria venció hace dos años— omite la responsabilidad primordial del Estado de proveer una igualdad sustancial: garantías reales, continuas y progresivas, más allá del cumplimiento formal de un trámite extinto.

Asimismo, escudarse en que existen eventos internacionales o nacionales que “no forman parte del calendario oficial” para desmantelar el presupuesto castiga el proceso de preparación de los atletas paralímpicos, cuyo desarrollo profesional exige continuidad y fogueo constante.

La LFPED, en su Artículo 9, prohíbe explícitamente restringir el acceso o goce de apoyos institucionales a personas con discapacidad y mandata a los organismos públicos a realizar los ajustes razonables en sus presupuestos para garantizar el ejercicio igualitario de sus derechos.

Cabe recordar que al inicio de la presente administración, la CECUFID ya había recibido un llamado de atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) debido a su renuencia para atender a la población con discapacidad.

Ante esta reincidencia, la comunidad deportiva y los familiares de los atletas exigen acciones inmediatas: Garantizar partidas presupuestales fijas e inamovibles en el presupuesto anual de la entidad para becas y apoyos económicos al deporte adaptado Publicar lineamientos transparentes para la asignación de viáticos, uniformes e incentivos, eliminando cualquier margen de discrecionalidad o favoritismo.
Que las instituciones correspondientes acomo el CONAPRED y la CEDH supervisen e impongan medidas de reparación e instancias de no repetición.
¿Cuántas leyes más tendrá que ignorar la CECUFID antes de garantizar una verdadera inclusión para los deportistas michoacanos?

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